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El juez falla a favor de dos parejas que contrataron sus servicios para ser padres a través de madres subrogadas de México y que nunca recibieron los bebés
08 Noviembre 2017 16:51
Ya se conoce el contenido de la sentencia en Primera Instancia por la cual un juez de Barcelona ha condenado a Subrogalia a pagar 88.408 euros a dos parejas que les contrataron para ser padres por gestación subrogada. Y aunque la resolución del juez ha llegado ahora, el caso comenzó varios años antes. Te explicamos brevemente las principales claves para entenderlo todo.
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Quiénes son los implicados: Por un lado tenemos a la empresa Subrogalia, un bufete dedicado al asesoramiento jurídico en materia de gestación subrogada presidido por Dídac Sánchez, un joven emprendedor barcelonés. Hace un tiempo, a raíz de conocerse la demanda de las dos parejas, la periodista Alba Muñoz habló con él en este medio. En la extensa entrevista, Dídac cargaba contra las autoridades sanitarias (el Departamento de Salud abrió un expediente sancionador contra la clínica Iegra, otro de sus negocios, por desarrollar actividades sanitarias en el ámbito de la reproducción humana sin disponer de la preceptiva autorización) y también contra las dos parejas denunciantes: Miguel y Rodrigo, y Andrés y Javier.
Estas dos parejas de Barcelona contrataron en su momento los servicios de Subrogalia para convertirse en padres. Para ello se decidieron por un proceso de gestación subrogada en México que no salió como esperaban. No hubo bebés y el caso terminó con una demanda a las empresa. PlayGround publicó en su momento un reportaje en el que hablaba con los denunciantes sobre las supuestas irregularidades en el proceso de gestación subrogada.
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Lo que alegaban los denunciantes: la denuncia de ambas parejas tiene que ver, sobre todo, con el incumplimiento del contrato por parte de Subrogalia. En la sentencia, el juzgado de Barcelona estimaba la demanda de ambas parejas, representados por el bufete Marín Fonseca, y declaraba resueltos los contratos que Subrogalia firmó con ellas. Además, condenaba a la empresa a pagar 36.167 euros a una de las parejas y 52.241 a la otra, más los intereses legales correspondientes, al reconocer que incumplieron con sus compromisos de “adoptar todos los medios necesarios” para conseguir el nacimiento de al menos un hijo por gestación subrogada.
¿Por qué se ha condenado a Subrogalia?: según el contrato, el bufete especializado en maternidad subrogada tenía que asesorar a los clientes hasta la consecución del objetivo principal, asignarles un letrado y un gestor personal, ponerles en contacto con la clínica y agencia de maternidad subrogada e informarles periódicamente. Además, la compañía no solo debía prestar servicios de asesoramiento en el proceso sino que también asumía adoptar todos los medios necesarios para asegurar un resultado e intervenía de forma directa en la contratación con la clínica, transporte y agencia, entre otras.
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El juez ha reconocido que el asesoramiento jurídico que Subrogalia ofrecía por contrato era insuficiente e incorrecto y que ni siquiera se ha podido acreditar que tuviera contratados abogados para encargarse de los trámites legales para la gestación subrogada. Hay más: el proceso que ambos clientes contrataron incluía dos transferencias embrionarias que no se realizaron. Esto se debe a que la clínica IEGRA (gestionada por Dídac Sánchez) no tenía permisos para crear ni enviar embriones.
¿Qué tiene que decir al respecto el bufete especializado en maternidad subrogada?: tras conocerse la resolución judicial, este medio se ha puesto en contacto con Dídac Sánchez que ha anunciado que "evidentemente" Subrogalia recurrirá la sentencia. "No nos condenan por engaño, no nos condenan por estafa, se condena porque se considera que el contrato en el país donde se había fijado no se ha terminado de cumplir. Pero no es que no se haya terminado de cumplir por parte de nosotros sino por parte de los clientes. Se establece un calendario de pagos, los clientes no cumplen con el calendario y la clínica decide rescindir el contrato", explica el empresario.
Por ahora, la empresa propiedad de Dídac Sánchez tiene 20 días para recurrir la sentencia que le condena a pagar a las dos parejas de denunciantes.
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