Oh! Parece ser que estás usando adblocker y lo respetamos. Por eso podrás seguir disfrutando de nuestros contenidos sin problema pero quisiéramos pedirte que lo desactivaras para nuestro site. Ayúdanos a seguir adelante y a luchar por aquello en lo que creemos.
Now
Una sentencia a favor de un trabajador rumano reconoce que los empleados tienen derecho a la vida privada también en el trabajo
05 Septiembre 2017 15:34
Bogdan Barbulescu, un ciudadano rumano de 38 años, fue despedido de su trabajo por utilizar el email de la empresa para enviar correos personales en 2007. Ahora el Tribunal de Estrasburgo acaba de emitir una sentencia que podría ser un precedente legal para delimitar la vigilancia que se hace a la vida privada de los trabajadores con los recursos que tiene a mano la empresa. Se ha reconocido que se vulneró el artículo 8 del Convenio de los derechos humanos.
Aún en un mundo en el las comunicaciones han difuminado las fronteras entre el trabajo y la vida personal, prevalece el enunciado que los jueces han destacado: "Toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y familiar, de su domicilio y de su correspondencia".
El fallo establece que la empresa debería haber notificado previamente al trabajador que sus correos podían ser leídos y que debería haber sopesado si la supervisión podía realizarse "con métodos menos intrusivos que el acceso al contenido de sus comunicaciones".
Barbulescu fue llamado un día al despacho, cuando llevaba tres años de empleado como responsable de ventas para la compañía, y se le manifestó que se había accedido al contenido de sus correos. Al trabajador se había pedido en sus inicios que se abriera una cuenta en Yahoo Messenger para responder a los clientes.
A través de esa cuenta, intercambió emails con su hermano y su novia. Le mostraron 45 páginas de mensajes cruzados entre el 5 y 12 de julio de 2007. Se le destituyó al justificar que las normas de la compañía vetaban el uso del correo de la empresa para asuntos privados.
Tras perder varias demandas en tribunales rumanos y el año pasado en el mismo Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el trabajador volvió a apelar a la Gran Cámara de este tribunal. El veredicto ahora, inapelable con 11 votos a favor y seis en contra, reconoce que se faltó el respeto a la vida privada y que ésta existe en el lugar del trabajo. La decisión del TEDH, encargado de velar por los derechos de todos los europeos, podría sentar jurisprudencia para frenar el control extralimitado de las empresas hacia a los empleados.
share